Con el fin de acelerar el proceso de desarrollo y la comercialización de los sistemas de IA de alto riesgo enumerados en un anexo del presente Reglamento, es importante que los proveedores o posibles proveedores de dichos sistemas también puedan beneficiarse de un régimen específico para probar dichos sistemas en condiciones del mundo real, sin participar en un espacio aislado de regulación de la IA. No obstante, en tales casos, teniendo en cuenta las posibles consecuencias de tales pruebas para las personas, debe velarse por que el presente Reglamento introduzca garantías y condiciones adecuadas y suficientes para los proveedores o posibles proveedores. Dichas garantías deben incluir, entre otras cosas, la solicitud del consentimiento informado de las personas físicas para participar en las pruebas en condiciones del mundo real, con la excepción de las fuerzas y cuerpos de seguridad, en las que la solicitud del consentimiento informado impediría probar el sistema de IA. El consentimiento de los sujetos para participar en dichas pruebas con arreglo al presente Reglamento es distinto del consentimiento de los interesados para el tratamiento de sus datos personales con arreglo a la legislación pertinente en materia de protección de datos, y se entiende sin perjuicio de dicho consentimiento. También es importante minimizar los riesgos y permitir la supervisión por parte de las autoridades competentes y, por lo tanto, exigir a los posibles proveedores que presenten un plan de pruebas en condiciones reales a la autoridad competente de vigilancia del mercado, que registren las pruebas en secciones específicas de la base de datos de la UE, con algunas excepciones limitadas, que establezcan limitaciones sobre el período durante el cual pueden realizarse las pruebas y que exijan salvaguardias adicionales para las personas pertenecientes a determinados grupos vulnerables, así como un acuerdo por escrito en el que se definan las funciones y responsabilidades de los posibles proveedores e implantadores y la supervisión efectiva por parte del personal competente que participe en las pruebas en condiciones reales. Además, conviene prever salvaguardias adicionales para garantizar que las predicciones, recomendaciones o decisiones del sistema de IA puedan ser efectivamente anuladas e ignoradas y que los datos personales estén protegidos y se supriman cuando los sujetos hayan retirado su consentimiento para participar en las pruebas, sin perjuicio de sus derechos como interesados en virtud de la legislación de la Unión sobre protección de datos. Por lo que se refiere a la transferencia de datos, también conviene prever que los datos recogidos y tratados a efectos de pruebas en condiciones reales solo se transfieran a terceros países cuando se apliquen las garantías adecuadas y aplicables con arreglo al Derecho de la Unión, en particular de conformidad con las bases para la transferencia de datos personales con arreglo al Derecho de la Unión en materia de protección de datos, mientras que para los datos no personales se apliquen las garantías adecuadas con arreglo al Derecho de la Unión, como los Reglamentos (UE) 2022/868[42] y (UE) 2023/2854[43] del Parlamento Europeo y del Consejo.
[42] Reglamento (UE) 2022/868 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2022, relativo a la gobernanza europea de datos y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/1724 (Ley de gobernanza de datos) (DO L 152 de 3.6.2022, p. 1).
[43] Reglamento (UE) 2023/2854 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2023, relativo a normas armonizadas sobre el acceso equitativo a los datos y su uso y por el que se modifican el Reglamento (UE) 2017/2394 y la Directiva (UE) 2020/1828 (Ley de datos) (DO L, 2023/2854, 22.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/2854/oj).