Considerando 83
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Teniendo en cuenta la naturaleza y la complejidad de la cadena de valor de los sistemas de IA y de conformidad con el nuevo marco legislativo, es esencial garantizar la seguridad jurídica y facilitar el cumplimiento del presente Reglamento. Por ello es necesario aclarar la función y las obligaciones específicas de los operadores pertinentes de toda dicha cadena de valor, como los importadores y los distribuidores, que pueden contribuir al desarrollo de sistemas de IA. En determinadas situaciones, esos operadores pueden desempeñar más de una función al mismo tiempo y, por lo tanto, deben cumplir de forma acumulativa todas las obligaciones pertinentes asociadas a dichas funciones. Por ejemplo, un operadoroperadorun proveedor, fabricante del producto, responsable del despliegue, representante autorizado, importador o distribuidorArticle 3(8) puede actuar como distribuidordistribuidoruna persona física o jurídica que forme parte de la cadena de suministro, distinta del proveedorproveedoruna persona física o jurídica, autoridad pública, órgano u organismo que desarrolle un sistema de IA o un modelo de IA de uso general o para el que se desarrolle un sistema de IA o un modelo de IA de uso general y lo introduzca en el mercado o ponga en servicio el sistema de IA con su propio nombre o marca, previo pago o gratuitamenteArticle 3(3) o el importadorimportadoruna persona física o jurídica ubicada o establecida en la Unión que introduzca en el mercado un sistema de IA que lleve el nombre o la marca de una persona física o jurídica establecida en un tercer paísArticle 3(6), que comercialice un sistema de IA en el mercado de la UniónArticle 3(7) e importadorimportadoruna persona física o jurídica ubicada o establecida en la Unión que introduzca en el mercado un sistema de IA que lleve el nombre o la marca de una persona física o jurídica establecida en un tercer paísArticle 3(6) al mismo tiempo.