Las personas que actúen como denunciantes de infracciones del presente Reglamento deben estar protegidas por el Derecho de la Unión. Por consiguiente, la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo[54] debe aplicarse a la denuncia de infracciones del presente Reglamento y a la protección de las personas que denuncien dichas infracciones.
[54] Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que denuncian infracciones del Derecho de la Unión (DO L 305 de 26.11.2019, p. 17).