Se facilitará la siguiente información, que posteriormente se mantendrá actualizada, en relación con los ensayos en condiciones reales que se registrarán de conformidad con el artículo 60:
1. Un número de identificación único para toda la Unión de las pruebas en condiciones reales;
2. El nombre y los datos de contacto del proveedor o posible proveedor y de las personas que participan en las pruebas en condiciones reales;
3. Breve descripción del sistema de IA, su finalidad prevista y demás información necesaria para la identificación del sistema;
4. Resumen de las principales características del plan de pruebas en condiciones reales;
5. Información sobre la suspensión o finalización de las pruebas en condiciones reales.