1. El proveedor redactará una declaración UE de conformidad, legible por máquina y firmada física o electrónicamente, para cada sistema de IA de alto riesgo, y la mantendrá a disposición de las autoridades nacionales competentes durante diez años después de que el sistema de IA de alto riesgo haya sido introducido en el mercado o puesto en servicio. En la declaración UE de conformidad se identificará el sistema de IA de alto riesgo para el que ha sido elaborada. Previa solicitud, se presentará una copia de la declaración UE de conformidad a las autoridades nacionales competentes pertinentes.
2. La declaración UE de conformidad afirmará que el sistema de IA de alto riesgo en cuestión cumple los requisitos establecidos en la sección 2. 3. La declaración UE de conformidad contendrá la información establecida en el anexo V y se traducirá a una lengua fácilmente comprensible para las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros en los que se comercialice o se ponga a disposición el sistema de IA de alto riesgo.
3. Cuando los sistemas de IA de alto riesgo estén sujetos a otra legislación de armonización de la Unión que también requiera una declaración UE de conformidad, se elaborará una única declaración UE de conformidad con respecto a toda la legislación de la Unión aplicable al sistema de IA de alto riesgo. La declaración contendrá toda la información necesaria para identificar la legislación de armonización de la Unión a la que se refiere la declaración.
4. Al elaborar la declaración UE de conformidad, el proveedor asumirá la responsabilidad del cumplimiento de los requisitos establecidos en la sección 2. 5. El proveedor mantendrá actualizada la declaración UE de conformidad según proceda.
5. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 97 a fin de modificar el anexo V actualizando el contenido de la declaración UE de conformidad establecida en dicho anexo, con objeto de introducir los elementos que resulten necesarios a la luz del progreso técnico.